Publicado en
08.05.24
En el ámbito de los conflictos empresariales, es frecuente encontrarse con situaciones en las que las partes involucradas, tras un intento inicial de resolución por sus propios medios y al enfrentarse a la imposibilidad de alcanzar un acuerdo satisfactorio, optan por recurrir a la asistencia legal de sus abogados. A menudo, estos profesionales del derecho sugieren como siguiente paso la negociación directa entre las partes, con la intención de encontrar una solución amistosa. Sin embargo, cuando estas negociaciones no fructifican en un acuerdo concreto, se plantea la alternativa de iniciar un proceso de mediación.
La preocupación por el incremento de los gastos surge, especialmente al considerar los costos previamente incurridos por servicios legales. Sin embargo, es esencial reconocer que los gastos asociados con un litigio prolongado pueden ser considerablemente más elevados. Por tanto, es imperativo que las partes involucradas realicen una evaluación meticulosa de estos factores al tomar decisiones respecto a la gestión de sus conflictos, ponderando la mediación como una alternativa viable que podría resultar en una solución más costo-efectiva a largo plazo.
Por tanto, la consideración sobre si la mediación resulta ser una opción más costosa en comparación que los procesos judiciales es pertinente y merece una reflexión. A primera vista, la mediación parece ser considerablemente menos onerosa, particularmente al analizar los datos objetivos disponibles. Según un estudio fundamentado en cifras proporcionadas por el Banco Mundial, un litigio en primera instancia dentro de la Unión Europea puede alargarse hasta 548 días, con un costo promedio de 10.499 euros. En contraste, un proceso de mediación suele tener una duración aproximada de 88 días, con un costo de 2.497 euros, lo que representa un ahorro significativo del 76%. Sin embargo, esta comparativa solo aborda superficialmente los beneficios económicos de la mediación, especialmente cuando se pone en contexto con la actual saturación del sistema judicial español, donde los tiempos de resolución son excesivamente largos, exacerbando así los costes tanto económicos como emocionales para las partes involucradas.
Al indagar más allá de los costos directos asociados a estos procesos, emerge la complejidad de los “costos ocultos” que, en muchas ocasiones, superan en magnitud a los costos visibles. Los altos ejecutivos, por ejemplo, invierten hasta un 30% de su jornada laboral en la gestión de disputas, según revelan diversos estudios. Esta inversión de tiempo no solo representa un costo elevado considerando el valor horario de estos profesionales, sino que también desvía recursos críticos de sus funciones esenciales, impactando directamente en la productividad y el desarrollo estratégico de la empresa. La mediación, libera este tiempo valioso, al permitir recuperar este tiempo valioso, lo que resulta ser una decisión no solo prudente sino estratégicamente ventajosa desde el punto de vista económico.
Además, no se debe subestimar la “carga invisible” en el ambiente laboral y la productividad general en el transcurso de los conflictos no resueltos. El «costo emocional», aunque menos tangible, tiene un impacto significativo en el bienestar de los individuos y en la eficacia organizacional. ¿Cuántas veces hemos realmente considerado estos costos adicionales que emergen durante la extensa duración de los litigios?. La mediación destaca por ofrecer un marco temporal mucho más corto en comparación con el proceso judicial. Este enfoque no solo ayuda a aliviar el peso emocional de los involucrados, sino que también tiene implicaciones económicas positivas, reduciendo los costos asociados a una posible disminución de la productividad y el desgaste del personal.
Las decisiones judiciales, a menudo, no logran satisfacer completamente las expectativas y necesidades de las partes implicadas y, en ciertas circunstancias, pueden incluso profundizar el conflicto. Este desajuste puede dar lugar a la continuación del conflicto, manifestándose en apelaciones y procesos adicionales que incrementan los costos y prolongan la disputa. Esto se debe a que las resoluciones judiciales se centran en aspectos legales, sin adentrarse en las necesidades y preocupaciones subyacentes que cada parte trae al conflicto. La mediación, en cambio, propone un enfoque colaborativo que permite explorar soluciones creativas y personalizadas, promoviendo acuerdos que aborden sus necesidades y expectativas. Lo que hace a la mediación particularmente valiosa es la relación coste-beneficio que ofrece el resultado del proceso, que es mucho más favorable en comparación con las sentencias judiciales.
Otra consideración importante es el grado de compromiso de las partes con el resultado de la mediación. Dado que los acuerdos logrados mediante mediación son el resultado de negociaciones consensuadas, suelen contar con un grado de aceptación y cumplimiento significativamente más alto que las decisiones judiciales impuestas. El proceso hacia una resolución judicial definitiva frecuentemente se ve prolongado por numerosas apelaciones hasta alcanzar la etapa de ejecución de la sentencia firme, incrementando así los costos adicionales y extendiendo el tiempo del conflicto. Específicamente en España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) indica que solo una de cada cuatro sentencias judiciales se ejecuta efectivamente. Este dato subraya la eficiencia de la mediación no solo para lograr un acuerdo, sino también para su efectiva implementación, destacando la mediación como una vía más rentable para la resolución de disputas.
Finalmente, es innegable que la reputación constituye uno de los activos más valiosos de cualquier compañía. El impacto negativo que un conflicto puede tener sobre esta no debe subestimarse, especialmente en un contexto actual donde los medios de comunicación y las redes sociales juegan un papel predominante. Los conflictos que se ventilan en tribunales pueden afectar negativamente la imagen pública de una empresa, lo cual, a su vez, puede repercutir directamente en sus resultados económicos. La mediación, caracterizada por su confidencialidad —un aspecto garantizado por ley—, ofrece una protección efectiva contra la exposición pública de las disputas. Este proceso no solo preserva la reputación corporativa, sino que también previene la pérdida de confianza por parte de clientes, proveedores, y otros “stakeholders”.
En resumen, aunque los costos directos de la mediación ya son notoriamente inferiores a los del litigio, es al contemplar los costos indirectos —a menudo menos visibles— donde la mediación revela su verdadero valor. Más allá de ser una herramienta eficaz para resolver conflictos, la mediación trae consigo ventajas económicas considerables, convirtiéndola en una alternativa sumamente rentable para las organizaciones. Estos beneficios subrayan la mediación no solo como una estrategia para solucionar disputas, sino también como una inversión inteligente, más eficiente y económicamente viable en comparación con la litigación tradicional
Jorge Miralles Andress
Mediador empresarial/Economista
CEO Acordemos