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Razones de peso para optar por la mediación, en lugar de acudir a los tribunales

10 de febrero de 2023
Publicado en 
07/02/2023

El pasado 2 de febrero participé en una jornada organizada por Madrid Network sobre Mediación en la resolución de conflictos societarios y contractuales. Fui en calidad de secretario del Instituto de Mediación de la Asociación Madrileña de Mediadores (AMM), y compartí mesa con la Asociación Multisectorial de Mujeres Directivas y Empresarias (AMMDE). En este artículo resumo las respuestas a las preguntas planteadas por Gema Sanz, directora de Desarrollo de Negocio y Relaciones Institucionales de Madrid Network.

La primera pregunta de Gema Sanz fue directa: “¿qué puede motivar a una empresa a acudir a un profesional de la mediación, si cada una de las partes puede intervenir por su cuenta en cualquier disputa?”. Defendí mi papel de mediador con este argumento: si en un conflicto las partes han intentado en diferentes negociaciones llegar a un acuerdo, y no lo han conseguido, incluso contando con abogados —con letrados conciliadores que priman la negociación y no el litigio—, es comprensible que surja esa duda. ¿Qué podemos aportar los mediadores que no hayan intentado los abogados?

Jorge Miralles Andress, es director general de Acordemos, y Gema Sanz, directora de Desarrollo de Negocio y Relaciones Institucionales de Madrid Network.

Para responder a esta cuestión, explique que con frecuencia los abogados abordan los procesos de negociación, y también la mediación, con las mismas o parecidas herramientas que emplean en un proceso de litigio. Se centran más en persuadir que en entender, omitiendo en ocasiones la posibilidad de asimilar lo que se escucha. Con esta dinámica, las partes se pueden sentir atacadas, con lo que la disputa tiende a aumentar. En otras palabras, aparecen las emociones y con ellas la predisposición a subir el tono de voz.

Los mediadores ayudamos a las partes a procesar la información importante y podemos reformular las cuestiones y problemas candentes en un lenguaje neutral. De esta forma es probable que surjan propuestas que se puedan adaptar a las necesidades e intereses subyacentes de las partes. Por tanto, la posibilidad de una respuesta favorable a una propuesta de acuerdo aumenta significativamente.

Fortalezas y debilidades

Otro aspecto que puede motivar a las empresas a elegir el camino de la mediación es saber que este proceso les permitirá evaluar, de manera realista, sus fortalezas y debilidades. A menudo las partes están obstinadamente convencidas de que solo hay una forma de ver los hechos. Ocurre en ocasiones que las partes —y sus abogados—minimizan los desafíos y riesgos que supone litigar.

¿Qué posibilidades reales hay de que el tribunal emita una sentencia positiva? Las partes se resisten enérgicamente a vislumbrar, incluso de buena fe, la posibilidad de que existan perspectivas alternativas. Una función importante de los mediadores es sembrar las semillas de la duda, a fin de sacar a la luz los riesgos que se presentan ante un litigio, y sopesar su magnitud de manera realista.
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Por otra parte, está el coste económico de continuar con un litigio. ¿Son conscientes las partes? Con frecuencia, cuando acuden a mí, compruebo que rara vez llegan informadas y con un presupuesto del litigio detallado por escrito. Una estimación de costos realista y oportuna es esencial. ¿Por qué? Una buena decisión sobre el camino a seguir requiere un análisis de costo/beneficio para determinar qué opción sirve mejor a los intereses de las partes: mediación o litigio. La Ley de Mediación nos obliga a los mediadores a informar a las partes, entre otros aspectos, del coste previsto del proceso de mediación.

Además, nos encontramos con que las sentencias no cumplidas tardan en ejecutarse entre seis y 12 meses, tras un largo periodo de posibles recursos. Un estudio de Sigma2 para el Consejo General de Procuradores, sitúa a España no solo a la cola del plazo en que se tarda en ejecutar una sentencia, sino también del porcentaje de eficacia en la ejecución. Según los autores del estudio, casi las tres cuartas partes de las sentencias que implican pago dinerario (en dinero o bienes) nunca se ejecutan o se ejecutan tan tarde que el pago no se puede hacer efectivo de forma completa. Esta demora se traduce, según los datos del estudio, en más de 10.000 millones de euros que se dejan de ingresar por sentencias que no llegan a ejecutarse.

El debate abordó también la garantía jurídica de los acuerdos de mediación. Según marca la Ley 5/2012 de Mediación Civil-Mercantil, tienen carácter vinculante para las partes. Su elevación a escritura pública mediante notario, implica que en el caso de incumplimiento por una de las partes, la otra podrá instar la ejecución del acuerdo ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se hubiera firmado.

Seguidamente destaque que, al margen de contar con un título ejecutivo en la mano una vez alcanzado el acuerdo, lo importante es su eficacia. Por devenir el resultado de la voluntad de las partes, el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en mediación es altísimo, haciendo innecesario exigir su ejecución ante los tribunales, y evitando las demoras en los dictámenes de sentencias.

Ley de Eficiencia Procesal

Con respecto a la la futura Ley de Eficiencia Procesal, cuya aprobación está prevista para esta legislatura, destaqué durante el debate la bondad de la mediación para la resolución de los conflictos de cara a reducir el colapso judicial actual. De hecho, una de las medidas estrellas que contempla el proyecto de ley es el “requisito de procedibilidad”. Con carácter general, establece que para que una demanda sea admisible en vía judicial será necesario demostrar que previamente se ha intentado alcanzar un acuerdo a través de un medio adecuado de solución de controversias (MASC), como es la mediación.

Si las partes implicadas en la disputa demuestran una voluntad real de buscar un arreglo, y de intentar evitar el litigio, lo aconsejable es que acudan a un profesional que ofrezca la posibilidad efectiva de explorar una solución, un mediador. Solo en el caso concluyente de que no sea posible llegar a un acuerdo, se justificaría adecuadamente que la demanda se presente ante los tribunales.

Por último, el debate abordó un aspecto no menos importante por las consecuencias que puede tener acudir a los tribunales. ¿Han considerado las partes las posibles consecuencias colaterales de un litigio? ¿El litigio puede interrumpir las operaciones comerciales y/o profesionales? ¿Continuar con el litigio supone correr el riesgo mediático de exponer hechos confidenciales, sensibles y privados? La publicidad que entraña acudir a los juzgados puede dar lugar a la divulgación de las acusaciones. Las relaciones con los clientes, proveedores, acreedores, y accionistas, se pueden deteriorar. Los empleados, en general, y los miembros del equipo directivo en particular, se pueden ver envueltos en el proceso de litigio.

A veces, las consecuencias colaterales pueden ser más costosas que las económicas directas. La mediación, tal como marca la ley, exige una estricta confidencialidad, tanto a los componentes del proceso, las partes y al mediador, como sobre la información que se maneje.

Para concluir el debate, resumí: la mediación evita riesgos sobre el posible resultado de la sentencia judicial y una publicidad mediática no deseada. Además de mantener el conflicto en el ámbito privado de las partes, reduce los costes económicos y la demora en el tiempo. Por último, insistí, la mediación garantiza un mayor grado de cumplimiento del resultado acordado.

Jorge Miralles Andress (en Twitter, @JorMiralles) es director general de Acordemos (@AcordemosMedia), firma especializada en mediación y resolución de conflictos. Mediador empresarial titulado por la Universidad Complutense de Madrid, donde se licenció en Ciencias Económicas, Miralles es secretario del Instituto de Mediación de la Asociación Madrileña de Mediadores, miembro del Instituto de Mediación del Colegio de Economistas y del Foro Internacional de Mediadores Profesionales. Ponente en diversos programas formativos y de divulgación sobre gestión de conflictos en la empresa, acaba de recibir la Medalla al Mérito Profesional 2023, otorgada por la Escuela Española de Mediación y Resolución de Conflictos.

Jorge Miralles Andress
Mediador Corporativo / Economista
CEO-Fundador Acordemos
Secretario IMAMM


Por Jorge Miralles Andress 16 de febrero de 2025
Publicado en Corporate Excellence 30.12.24 En un mercado cada vez más competitivo, las empresas que integran en su estrategia principios éticos, medioambientales y de respeto hacia las personas y la comunidad y reconocen como legítimos los intereses de sus grupos de interés, tienen mayores probabilidades de prosperar. Este cambio de paradigma ha impulsado a las organizaciones a adoptar un modelo de responsabilidad social más ambicioso, donde la “cultura del diálogo” emerge como un valor estratégico imprescindible. En este contexto, la mediación empresarial, como herramienta extrajudicial de resolución de conflictos, se consolida como un nuevo elemento de sostenibilidad, llamado a convertirse en una pieza crucial de la vida corporativa y en un factor determinante de competitividad. Los conflictos: amenaza constante para la reputación Los conflictos forman parte de la vida diaria de las organizaciones y, si no se gestionan adecuadamente, pueden tener graves consecuencias para la reputación empresarial. En un escenario donde la reputación es el activo más valioso, la pregunta para las empresas es clara: ¿cómo gestionarla en momentos de crisis? Más allá de ser una amenaza, la gestión de conflictos puede convertirse en una oportunidad para reforzar la confianza y mejorar la percepción pública de la organización. Gestionar eficazmente la reputación durante una disputa es un desafío que comienza dentro de la organización. Capacitar a los empleados en resolución de conflictos, no es solo una herramienta de prevención es una inversión estratégica, ya que cada acción individual contribuye a construir o erosionar la percepción pública de la empresa. La confianza, piedra angular de la reputación, se construye a través de la coherencia entre lo que se dice y lo que se hace. Como dijo Aristóteles: “La virtud moral surge como resultado de la práctica”. En términos corporativos, esto significa que las acciones deben ser un reflejo de los valores de la organización, en esencia es, “somos lo que hacemos”. En este sentido, las empresas deben ser un reflejo fiel de los valores que promueven. La mediación como herramienta estratégica El comportamiento empresarial influye directamente en cómo los grupos de interés —clientes, empleados, proveedores y socios— perciben a la organización. Por ello, resulta esencial que las empresas sean vistas como confiables, íntegras y competentes, especialmente en la gestión de conflictos. Incorporar la mediación como parte del plan de negocio no solo permite manejar eficazmente intereses diversos, sino que también ayuda a fortalecer relaciones estratégicas. Es esencial que los grupos de interés sepan con quién están tratando, perciban a la empresa como competente, especialmente al negociar un conflicto. Incorporar la mediación como parte del plan de negocio es una estrategia eficaz para manejar el complejo entramado de intereses que surgen en el día a día corporativo. A diferencia de los procesos judiciales, la mediación ofrece una solución más ágil, menos confrontativa y facilita soluciones colaborativas que minimizan las fricciones y promueven relaciones saludables. Gracias a un aspecto fundamental de la mediación, su carácter voluntario, las partes acuerdan libremente las soluciones, garantizando resultados justos, duraderos y viables. Este enfoque refuerza la confianza en la empresa, elemento clave para consolidar relaciones estratégicas Confidencialidad: un aliado para proteger la reputación Uno de los grandes beneficios de la mediación es la confidencialidad, una característica especialmente valiosa en el ámbito empresarial. La confidencialidad protege a las organizaciones de la publicidad negativa que podría derivarse de un litigio, evitando los daños reputacionales asociados a la publicidad de conflictos en tribunales. Al permitir a las partes controlar la información sobre los desacuerdos, y mantener sus disputas fuera del escrutinio público, se salvaguarda la reputación de las partes, se refuerza la confianza en las relaciones empresariales y se protege la imagen de las organizaciones. La normativa, respaldada por la Ley 5/2012 de Mediación Civil y Mercantil, protege toda la información manejada durante el proceso, garantizando que no pueda ser utilizada en procedimientos judiciales o administrativos posteriores. Antes de iniciar una mediación, las partes son informadas de su obligación de mantener la confidencialidad de todas las declaraciones y documentos presentados durante el proceso, según lo establece la Ley, reforzando el carácter confidencial del proceso. Cualquier información compartida en la mediación no puede ser utilizada en procedimientos judiciales o administrativos posteriores. Asimismo, el mediador no puede ser citado a declarar ni obligado a presentar notas o documentos relativos a cualquier aspecto relacionado con el conflicto, o que haya sido comunicados al mediador con carácter confidencial, garantizando así la privacidad de las partes involucradas. Estas garantías permiten una comunicación abierta y honesta entre las partes, fomentando soluciones efectivas sin comprometer la reputación corporativa. Prevención: la clave para el éxito Aunque la mediación es de gran utilidad para gestionar conflictos existentes, su verdadero potencial se manifiesta cuando se utiliza como una herramienta preventiva. Incluir cláusulas de mediación en los estatutos empresariales, protocolos familiares, pactos de socios y contratos permite anticipar la resolución y minimizar posibles disputas. Además, elevando a escritura pública los acuerdos alcanzados, se asegura su carácter ejecutivo de cara al futuro, y refuerza la seguridad jurídica para todas las partes involucradas. Construir un legado basado en la confianza Durante la Conferencia Anual 2024 de la Fundación Corporate Excellence – Centre for Reputation Leadership, celebrada en Madrid, María Luisa Martínez Gistau, presidenta de Corporate Excellence, destacó una visión clave para el éxito empresarial: “Para perdurar no basta con adaptarse a los cambios, sino que es imprescindible construir un legado basado en la confianza”. En su intervención, subrayó que una sólida reputación, capaz de responder a las expectativas de los grupos de interés, es esencial para la sostenibilidad empresarial. En este sentido, la mediación no solo es una herramienta para gestionar conflictos de manera eficiente, sino que es también una oportunidad para fortalecer vínculos, consolidar valores y garantizar la continuidad de las relaciones empresariales. En un mundo donde las acciones hablan más que las palabras, apostar por el diálogo y la mediación es la mejor muestra de confianza del liderazgo y visión estratégica que puede ofrecer una empresa. Jorge Miralles Andress Mediador empresarial/Economista CEO Acordemos
Por Jorge Miralles Andress 16 de febrero de 2025
Publicado en L aw & Trends 28.12.24 En el competitivo mundo empresarial, cada decisión cuenta, y gestionar las disputas de forma proactiva puede marcar una diferencia crucial. Sin embargo, es frecuente que muchas empresas pospongan la atención a los conflictos, relegándolos al final de sus prioridades. La contundente afirmación "Una forma rápida de destrozar una relación empresarial es no tratar una disputa como un problema" ilustra una realidad que, lamentablemente, refleja la práctica en numerosos casos. Esto ocurre porque los empresarios y ejecutivos suelen centrarse en resolver problemas operativos inmediatos, dejando en segundo plano las disputas que no perciben como urgentes. Bajo esta lógica, si el conflicto no se presenta como un "incendio que hay que apagar", no recibe la atención necesaria. Pero la gestión estratégica y temprana de los conflictos no es solo una responsabilidad legal; es una oportunidad para proteger y fortalecer el negocio. La “Resolución temprana” de disputas: un enfoque estratégico Un enfoque que ha demostrado ser eficaz en la resolución de conflictos, es la llamada “Planificación en la Resolución Temprana de Disputas” (“Planned Early Dispute Resolution”, "PEDR" por sus siglas en inglés). Según un estudio de 2015 realizado por John Lande y Peter Benner, de la “School of Law” de la Universidad de Missouri, basado en entrevistas a abogados corporativos sobre por qué y cómo las corporaciones americanas utilizan el “PEDR”, nos indica como la orientación sobre la forma de resolver los litigios dentro de una empresa depende en gran manera del estilo de gestión de quién esté a cargo del departamento jurídico, en concreto, de su tolerancia al conflicto, del reconocimiento de los costes que pueden ahorrarse mediante la prevención de conflictos y de la prioridad relativa de la gestión de conflictos. El interés por estos sistemas no es reciente. Ya en la década de 1980, empresas como Motorola comenzaron a integrar estrategias de resolución anticipada, incluyendo cláusulas contractuales de resolución de disputas, evaluaciones tempranas de casos y métodos de resolución alternativa (Alternative Dispute Resolution o "ADR"). Otros casos destacados incluyen a Georgia-Pacific Corporation (1995) y General Electric (1998), que implementaron sistemas "PEDR" demostrando su sostenibilidad y utilidad a largo plazo. Pero, volviendo al informe, según reconocen los abogados entrevistados en el estudio, los sistemas "PEDR" presentan múltiples ventajas. Además de reducir los tiempos y costos asociados a los litigios, ofrecen beneficios adicionales: Preservación de relaciones comerciales: Al resolver los conflictos fuera de los tribunales, se minimizan los daños a las relaciones entre las partes. Confidencialidad: Las negociaciones extrajudiciales permiten mantener la privacidad en torno al conflicto. Protección de la reputación corporativa: Se evita la exposición pública de las disputas, lo que protege la imagen de la empresa. Posibilita el mantenimiento de relaciones internas: En el caso de conflictos internos, este enfoque puede fortalecer la comunicación y la cohesión entre las partes involucradas. Un abogado corporativo entrevistado resumió de forma contundente los beneficios del PEDR: "Es simplemente una forma más eficiente de hacer negocios". Un cambio de paradigma: la cultura empresarial y el "PEDR" Dadas las crecientes presiones económicas que enfrentan las empresas, debería resultar lógico suponer que solo la reducción de los costos de litigio fuera un incentivo suficiente para incorporar sistemas "PEDR" en la gestión de conflictos. Sin embargo, a pesar de los evidentes beneficios económicos y estratégicos, la adopción del "PEDR" no depende únicamente de consideraciones financieras. El cambio debe originarse dentro de la propia empresa, que requiere una transformación cultural y de valores dentro de la organización. No es simplemente un cambio en la gestión de conflictos; implica modificar prácticas habituales, planificar la resolución temprana de disputas, prevenir desavenencias y establecer cláusulas contractuales que prioricen la mediación. Este enfoque representa un cambio de paradigma en la forma de hacer negocios, alineando los intereses económicos con el fortalecimiento de relaciones internas y externas y una visión estratégica a largo plazo. Es cierto que la implementación de estos sistemas resulta más sencilla cuando el departamento jurídico adopta una visión empresarial, alineada con los objetivos estratégicos de la compañía. Medir el desempeño del área legal en términos de ahorro de costos y gestión eficiente puede ser un incentivo clave para su adopción. Los departamentos jurídicos que implementan este enfoque preventivo pueden evitar que los desacuerdos se transformen innecesariamente en conflictos complejos, costosos y difíciles de gestionar. ¿Cuál sería el momento ideal para mediar en una disputa empresarial? La respuesta, como en muchas cuestiones empresariales, es "depende". No obstante, en términos generales, “cuanto antes, mejor”. La resolución temprana evita que los conflictos escalen, ahorrando tiempo, costos y desgaste para todas las partes. Cuando los asesores jurídicos identifican señales tempranas de escalamiento en una disputa, deben actuar con rapidez. Recurrir a mediadores profesionales puede marcar la diferencia. Como expertos, los mediadores podemos ayudar a las partes a identificar “las causas raíz" del desacuerdo y trabajar para encontrar soluciones dentro de ese marco. En el panorama empresarial actual, la implementación de sistemas “PEDR” trasciende ser una simple estrategia; se ha convertido en una necesidad para las empresas que desean mantenerse competitivas y sostenibles. Resolver disputas de manera extrajudicial y temprana, con el apoyo de la mediación, no solo resuelven conflictos de manera eficiente, sino que también establecen una base sólida para alcanzar un éxito duradero. Jorge Miralles Andress Mediador empresarial/Economista CEO Acordemos
Por Jorge Miralles Andress 21 de noviembre de 2024
Publicado en Legal Today 21.11.24 Como sabemos que los conflictos entre socios son más comunes de lo que a veces se piensa, traigo un caso real que ilustra cómo incluso en una organización de éxito, las tensiones internas entre los socios pueden afectar tanto la estabilidad como el crecimiento de una empresa. Se trata de una reconocida compañía española —omitiré el nombre por discreción— que enfrentó desafíos significativos cuando, tras una rápida expansión, los cuatro socios fundadores empezaron a tener visiones diferentes sobre el futuro de la empresa. Algunos defendían mantener la identidad juvenil y accesible de la marca, mientras que otros impulsaban una estrategia de crecimiento más ambiciosa, centrada en captar financiación y expandirse hacia mercados internacionales. Estas diferencias, que incluían tanto aspectos estratégicos como personales, generaron tensiones que, en 2023, alcanzaron un punto crítico, marcando un antes y un después en la trayectoria de la empresa. Conflictos como este son más comunes de lo que se piensa, y no siempre resultan fáciles de gestionar. En muchos casos, las empresas, frente a desafíos similares, recurren a sus asesores o abogados de confianza en busca de soluciones. En estos contextos, el papel de los abogados es crucial: no solo brindan asesoría legal, sino que pueden aportar una visión objetiva y profesional en situaciones que suelen ser complejas y emocionales. Su labor va más allá de lo estrictamente jurídico; con un enfoque colaborativo, permiten fortalecer las relaciones entre los socios y mantener la estabilidad de la empresa. Sin embargo, a veces los conflictos pueden intensificarse, y alcanzar un consenso se vuelve complicado. ¿Qué sucede si el conflicto escala, el acuerdo parece cada vez más difícil de lograr y no se logra encontrar un camino común? Es aquí donde surge la posibilidad de un conflicto de intereses entre el asesor y su cliente, los socios. La relación entre el abogado de la empresa y sus clientes está basada en la confianza, y es vital que el abogado evite representar intereses contrapuestos entre socios de una misma empresa. El abogado se enfrenta al delicado desafío ético de mantener una posición equitativa y garantizar que sus recomendaciones se perciban como absolutamente imparciales. En estos momentos, contar con el apoyo adecuado se vuelve aún más importante para proteger tanto las relaciones como el futuro de la empresa. Aunque el Código Deontológico del Consejo General de la Abogacía Española permite que el abogado actúe en interés de todas las partes en funciones de intermediación, esta labor debe realizarse siempre con “estricta y exquisita objetividad”. Sin embargo, en la práctica, las relaciones personales y la afinidad que un abogado pueda desarrollar con algunos socios pueden generar inquietudes. Es natural que algunos socios mantengan una relación más cercana con el abogado de la empresa, ya sea por la naturaleza de sus funciones o por afinidades personales. Esto puede dar lugar a percepciones de parcialidad que, aunque no siempre basadas en hechos objetivos, pueden afectar la confianza entre las partes. Estas situaciones, aunque delicadas, requieren una gestión cuidadosa y transparente para preservar la armonía y la confianza dentro de la empresa. La situación se vuelve aún más delicada si el conflicto escala al punto en que algunos socios deciden emprender acciones legales contra otros. En estos casos, el asesor jurídico enfrenta una situación difícil, ya que no puede representar a los socios demandados sin incurrir en un claro conflicto de intereses: posee información confidencial de ambas partes, que podría, aunque sin intención, beneficiar a una de ellas. Esto no solo pondría en duda la imparcialidad del asesor, sino que también podría afectar su reputación profesional y, lo que es aún más crítico, poner en riesgo la estabilidad de la empresa. Mantener la confianza en estas circunstancias es fundamental. Es necesario tomar decisiones cuidadosas para preservar la integridad de la relación profesional y la armonía en la organización. Es en este punto cuando el asesor puede, de manera muy razonable, sugerir la intervención de un mediador profesional. A diferencia del abogado de la empresa, los mediadores podemos desde una posición de total neutralidad, facilitar una resolución objetiva y equilibrada del conflicto. La mediación ofrece a los socios un espacio seguro y confidencial en el que pueden explorar sus intereses comunes, priorizándolos sobre los derechos individuales, y reflexionar sobre los motivos profundos que subyacen al conflicto. Este proceso permite a las partes abordar el desacuerdo desde sus raíces, fomentando la creatividad y la colaboración necesaria para encontrar una solución constructiva. Como mediadores, actuamos como agentes de realidad y de cambio, ayudando a los socios a enfocarse en el futuro y dejar atrás los aspectos que los mantienen anclados en el pasado. Así, los conflictos entre socios pueden resolverse a través de un acuerdo que refuerce la continuidad de su relación, o bien, cuando no es posible, mediante una separación amistosa. A pesar de los numerosos beneficios que ofrece la mediación, algunos socios pueden verla como una señal de debilidad y cuestionar su utilidad ¿por qué recurrir a la mediación si considero que tengo el caso ganado en los tribunales? Esta percepción de la mediación como una “pérdida” suele estar influenciada por la idea de que solo una victoria judicial representa una verdadera «ganancia». Sin embargo, los asesores jurídicos desempeñan un papel fundamental al ayudar a sus clientes a entender que el litigio entre socios rara vez es un “buen negocio” y una estrategia efectiva a largo plazo. Los abogados pueden ayudar a sus clientes a entender que resolver una disputa mediante la mediación permite a los socios superar sus diferencias de manera constructiva, evitando, además, los elevados costos emocionales y económicos que suelen acompañar a los conflictos prolongados. La mediación no solo facilita una resolución más eficiente y menos desgastante, sino que también contribuye a fortalecer las relaciones y crear un entorno de colaboración y estabilidad a largo plazo. Así, cuando un abogado recomienda la mediación, muestra una auténtica fortaleza profesional y una visión estratégica orientada al éxito y la visión de futuro. Jorge Miralles Andress Mediador empresarial/Economista CEO Acordemos
Por Jorge Miralles Andress 30 de septiembre de 2024
Publicado en Palabras de Mediación 30.09.24 La mayoría de las negociaciones empresariales persiguen dos objetivos esenciales: reclamar valor y crear valor. Cuando hablamos de valor, nos referimos a aspectos como el valor monetario, o la mejora en las condiciones de un contrato, entre otros. Estos dos objetivos pueden plantear un desafío interesante: ¿es mejor optar por una estrategia cooperativa, centrada en la creación de valor, o por una estrategia competitiva, enfocada en reclamar valor? Tradicionalmente, muchas negociaciones adoptan una postura competitiva, asumiendo que los recursos en juego son limitados y que maximizar el valor para una de las partes significa hacerlo a costa de la otra. Esta visión estrecha considera que reclamar valor es la única opción, dejando poco espacio para crear nuevas oportunidades. Sin embargo, en muchas más ocasiones de lo que se cree, existen fuentes ocultas de valor que pueden integrarse en la negociación, generando beneficios adicionales para ambas partes. Esto nos lleva a una pregunta fundamental: ¿podemos alcanzar nuestros objetivos sin sacrificar los intereses de la otra parte? La respuesta es un rotundo sí, siempre que se adopte una estrategia orientada a la creación de valor. En una negociación integradora, el propósito no se limita a distribuir el valor existente, sino a descubrir beneficios mutuos y explorar nuevas oportunidades que amplíen el horizonte de la negociación. Este enfoque permite a las partes ir más allá de los elementos más obvios. Si tomamos el ejemplo de una negociación comercial, este enfoque permite a las partes ir más allá de los aspectos evidentes, como el precio, para considerar otros factores clave como los plazos de entrega, las modalidades de pago, la calidad del producto, entre otros, transformando una negociación limitada en una rica en posibilidades. En mi experiencia como mediador, a menudo he visto que, en situaciones de bloqueo, las propuestas sobre la mesa son pocas y están limitadas a las posiciones iniciales de las partes. Los negociadores evitan ofrecer nuevas ideas por temor a que se interpreten como concesiones, o a comprometer su posición. Esta actitud de esperar a que el otro dé el primer paso genera estancamiento, reduciendo la creatividad y la posibilidad de alcanzar soluciones mutuamente beneficiosas. Los negociadores prefieren esperar a que sus interlocutores den el primer paso. Como éstos tienen la misma actitud, ambos pueden esperar mucho tiempo... Como resultado, las ideas que se proponen para resolver el problema son limitadas y empobrecidas. Es aquí donde los mediadores profesionales podemos marcar la diferencia, ayudando a liberar el potencial creativo de los negociadores y generar ideas innovadoras en un entorno de confianza. Nuestra intervención mediadora facilita el proceso de negociación a través de algunos puntos clave: 1. Empezando por aportar nuestra neutralidad e imparcialidad: Los mediadores profesionales aportamos una posición neutral e imparcial que garantiza que el proceso será justo y que todas las partes serán escuchadas. Esta neutralidad es crucial para generar confianza y seguridad en el proceso. 2. Ofreciendo una capacitación profesional especializada: La formación y experiencia de los mediadores nos permite ayudar a las partes a descubrir los intereses ocultos. Se trata de diferenciarse en la manera en que se aborda el proceso de negociación, ayudando a " pensar de otra manera " e ir más allá de las primeras ideas, que a menudo son posiciones. La utilización de este enfoque permite una exploración abierta y sin compromiso, antes de decidir y elegir entre las opciones encontradas. La probabilidad de llegar a una idea aceptable es mayor si podemos elegir entre diez, quince o veinte ideas que, entre una, dos o tres.... Aquí, nuestra intervención como mediadores, supone además de conseguir implicar a los interlocutores y convertirlos en “socios” en la búsqueda de ideas, aportamos un requisito fundamental, para que funcione, como es garantizar el sentimiento de seguridad de que las ideas aportadas no serán utilizadas en su contra. 3. Profundizar el uso del MAAN (Mejor Alternativa a un Acuerdo Negociado): Aunque los negociadores suelen aferrarse a su MAAN, nuestro papel es guiarlos para que consideren todas las oportunidades posibles de creación de valor, en lugar de centrarse únicamente en esa alternativa. Esto les permite evaluar de manera más completa los beneficios potenciales de un acuerdo, evitando que se pierdan oportunidades prometedoras que podrían satisfacer los intereses de ambas partes. 4. Explorando la Zona de Posible Acuerdo (ZOPA): Los mediadores facilitamos el avance hacia un acuerdo dentro del rango de acuerdos aceptables para ambas partes (ZOPA). Como es difícil saber la amplitud de la ZOPA, que solo conocen cada una de las partes, se trata de ayudar a las partes a identificar el terreno común sobre el que pueden construir un acuerdo, teniendo en cuenta además de que, durante la negociación, se pueden producir posiblemente constantes cambios, que pueden modificar los límites y expectativas de cada parte. 5. El acuerdo está cerrado, ¿y ahora qué? Nuestro papel no termina con la firma. Nos aseguramos de que se establezcan compromisos claros que garanticen la implementación efectiva del acuerdo y su cumplimiento. Además, la mediación deja una huella positiva en todas las futuras interacciones entre los negociadores, al haber fomentado negociaciones que crean valor mutuo, que puede convertirse en la piedra angular de unas relaciones duraderas y beneficiosas para el futuro. En resumen, la mediación empresarial no solo facilita la creación de valor, sino que también asegura acuerdos sostenibles y beneficiosos para todas las partes involucradas. El verdadero éxito de una negociación está en crear soluciones que fortalezcan las relaciones y generen un valor duradero para ambas partes.
Por Jorge Miralles Andress 30 de agosto de 2024
Muchos hemos enfrentado situaciones donde negociar con alguien en quien no confiamos plenamente resulta inevitable.
Por Jorge Miralles Andress 8 de julio de 2024
Cuando dos personas tienen intereses opuestos y no logran ponerse de acuerdo, es crucial contar con una tercera persona neutral que ayude a encontrar una solución al conflicto.
Por Jorge Miralles Andress 13 de junio de 2024
En una mediación el rol de los mediadores está bien definido: actuamos como facilitadores neutrales e imparciales en las negociaciones entre las partes, pero no podemos actuar como asesores legales ¿Pero qué hay de los abogados?
Por Jorge Miralles Andress 22 de mayo de 2024
La preocupación por el aumento de gastos es común, especialmente tras incurrir en costos legales. Sin embargo, un litigio prolongado puede ser mucho más costoso.
Por Jorge Miralles Andress 4 de marzo de 2024
La mediación ofrece un camino alternativo hacia soluciones consensuadas sin importar la etapa procesal en la que se encuentre el caso.
Por Jorge Miralles Andress 1 de febrero de 2024
Es importante en una negociación empresarial, identificar cuál método de mediación, referido como "MASC" -medios adecuados para la solución de conflictos-, resulta ser el más conveniente.
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