Publicado en
02.12.23
El aumento de las disputas está conduciendo a que se ejerza presión sobre los sistemas judiciales en todo el mundo. Si a esto le añadimos en España, la pandemia y la última huelga de funcionarios de la justicia, no es extraño encontrarnos con noticias que nos hablen de señalamientos con hasta tres años de dilación.
Ante esta situación, hay dos víctimas: en primer lugar, de forma destacada, las propias personas, empresas e instituciones que tienen que resolver cuestiones en los tribunales y que ven cómo la solución a su problema se alarga en el tiempo. Los segundos afectados, y no por ello menos importante, los profesionales de la abogacía, que defienden los intereses de estos justiciables y que no pueden ofrecer un servicio en condiciones.
Al reconocer los problemas que enfrenta el sistema judicial, los legisladores de la mayoría de los países están recurriendo a métodos alternativos de resolución de disputas para ayudar a frenar la marea de disputas de derecho comercial que aparecen ante los tribunales. Incluso, están ordenando algunos tribunales en los que las partes participan en el proceso de Mediación.
Es el caso de un juez federal de Florida que obligó a Mike Roman, director ejecutivo de 3M, a que asistiera personalmente a las sesiones de Mediación, para intentar resolver la larga batalla legal que la compañía mantenía con un grupo de demandantes, que alegaban que los tapones para oídos 3M eran defectuosos y dañaban la audición.
Dejando al margen plantear el proceso de Mediación en términos de obligatoriedad, pero reconociendo como está la situación de colapso judicial, sí que me surge la pregunta ¿por qué los asesores y abogados de las compañías, no aconsejan directamente a sus clientes intentar la vía de la Mediación? Quizás parezca una obviedad, pero posiblemente lo primero que debamos preguntarnos es si los abogados y sus clientes tienen una idea clara del concepto de la Mediación, y sobre todo el abogado que, en muchas ocasiones, tendrá que explicar qué es la Mediación a su cliente.
¿Se han parado a pensar que realmente la mediación es una gran oportunidad? Una oportunidad de terminar un conflicto sin entrar en un litigio largo y costoso. Una oportunidad de preservar, e incluso intensificar relaciones mercantiles, en vez de destruirlas. Entonces, ¿por qué los abogados no acuden a la mediación?
Hay opiniones que aducen que ciertos “mitos” sin sustento pueden ser la coartada sobre la que algunos de los abogados basan su resistencia a aconsejar a sus clientes el procedimiento de la mediación:
- Resulta trabajoso modificar cierta inercia de los clientes a recurrir a los procedimientos conocidos y dan por hecho que quizás se resistan a probar otros mecanismos alternativos de resolución de disputas como la mediación.
- Piensan que sugerir el procedimiento de la mediación implica que pueda ser que su cliente y la contraparte interpreten como un signo de debilidad y que son escasas sus posibilidades de éxito en un proceso judicial.
- Como los abogados de la contraparte suelen ser muy difíciles y acostumbran a tener una actitud irreal con respecto al acuerdo, puede ser una pérdida de tiempo y de dinero si no se llega a un acuerdo. Sin embargo, las estadísticas nos indican que los resultados de los procedimientos de Mediación arrojan un alto grado de cumplimiento y satisfacción de los casos mediados. Esta es una característica inherente al tipo de acuerdo de mediación.
Y por qué no decirlo, hay profesionales de la abogacía que piensan que la mediación les perjudica económicamente, ya que las minutas de un litigio son más altas, sin tener en cuenta que satisfacer a sus clientes es una de las mejores maneras de conservarlos y también de mantener los ingresos. Un cliente satisfecho volverá a requerir sus servicios para un nuevo asunto y les recomendará entre sus relaciones.
Y no tienen en cuenta que, si bien los honorarios que se cobran por asesoramiento en mediación son comparativamente inferiores a los que se cobrarían litigando por el mismo asunto, ello se compensaría con la agilidad del procedimiento que permitiría asesorar en más procedimientos de mediación. Hay cierto consenso en que cuando no se va a la mediación, el 30% del trabajo del abogado no es remunerado. Además, los honorarios generados en el asesoramiento en mediación se suelen cobrar en su totalidad, mientras que ello, no es necesariamente así en el litigio.
Cuando se llega a la situación de plantearse iniciar un pleito, tras unas largas negociaciones, los abogados pueden haber invertido demasiado tiempo y esfuerzo en la disputa, pero estas circunstancias de agotamiento no deberían ser óbice para que hagan un alto en el camino y se pregunten, ¿su cliente puede estar presionado por cuestiones no relacionadas con esta disputa para llegar a un acuerdo? ¿Cómo le afecta la dedicación que le exige el conflicto? ¿El cliente aprecia el impacto de un litigio prolongado en términos de costes? ¿Cómo puede afectar a los negocios y la familia?
No siempre los abogados se detienen a discutir estas cuestiones con sus clientes, valorando fortalezas y debilidades reales del caso reflexionando sobre ¿cuál es el mejor resultado si litigamos? ¿Cuáles son los riesgos? ¿Qué posibilidades hay de que una parte perdedora presente una apelación? ¿Cuáles son las posibilidades de revocar una decisión adversa en apelación? ¿Cuánto costará y cuánto tiempo llevará una apelación? ¿Cuáles son los riesgos de que la decisión de un tribunal de apelaciones sea de difícil ejecución?
En los litigios, los resultados judiciales básicamente se limitan a indemnizaciones monetarias y una reparación equitativa limitada por parte de un juez. Por el contrario, en la mediación, el único límite a los términos del acuerdo propuesto es la creatividad de los participantes. No importa cuán profundas sean sus diferencias, no importa cuán arraigadas estén sus posiciones, no importa cuán intensificadas sean sus emociones, las partes seguro que comparten puntos en común, áreas de acuerdo pasadas por alto o ahogadas por la disputa, que surgirán al considerar las necesidades e intereses subyacentes de cada parte, es decir, reconociendo lo que puede estar impulsando la disputa.
Para ello, nuestra labor en la mediación es llevar a las partes a la “zona de aterrizaje”. Un marco vagamente acordado sobre cuál es el desacuerdo y una idea de cómo, el mediador puede ayudar a resolver las disputas dentro de ese marco. Cuando nos encontramos en este punto, podemos pensar que disponemos de las mínimas condiciones para iniciar la mediación y poder ampliar el pastel con propuestas que no están disponibles a través del litigio. Por ejemplo, la mediación puede terminar con una solución comercial en la que las partes continúan trabajando juntas, o en un caso laboral, de una demanda por despido injustificado se puede acordar una renuncia negociada con carta de recomendación en su lugar.
Cuando los litigantes expertos y sus clientes comprenden que la mediación es una oportunidad única para participar en un proceso eficaz de resolución de disputas: un proceso diseñado para ahorrar tiempo y dinero, intercambiar información crítica que solo se puede dar en un entorno de confidencialidad, reducir las tensiones, y gestionar el riesgo, estarán en condiciones de apreciar que la mediación es una opción válida.
Cuando las partes son actores protagonistas, “solucionadores conjuntos” de los problemas, la resolución de la disputa será mutuamente beneficiosa. Por tanto, ¿qué más razones se necesita para tener la fuerza suficiente para modificar inercias y reemplazar la defensa entusiasta del litigio por una defensa de la mediación como el medio adecuado para resolver los conflictos?
Jorge Miralles Andress
Mediador empresarial/Economista
CEO Acordemos